Fisco argentino recupera a estabilidade
RECUPERAMOS LA ESTABILIDAD! Hace 16 años se consumó un enorme atropello contra los trabajadores de la DGI. En 1991 las autoridades de la Casa, fiel reflejo de la política de Menem y Cavallo que mediante un ilegal decreto (1757/90) habían derogado unilateralmente la estabilidad del empleado público , impusieron con el Laudo (15/91) la pérdida de la Estabilidad Laboral para sus trabajadores a través del funesto Artículo 11 c) es decir, en contra la voluntad de la AEDGI . Se trataba para las autoridades de entonces de procurarse una herramienta de intimidación que les permitiera todo tipo de arbitrariedades bajo la larvada amenaza de que podían ser despedidos sin motivo manifiesto con la sola aplicación del Artículo 11 c). Esta herramienta extorsiva debía permitir que pasara el congelamiento salarial, la pérdida de la Carrera con el consecuente congelamiento de vacantes por la "Emergencia Económica", la sobrecarga de trabajo, los abusos de las jefaturas, etc., etc. Por eso reinvindicamos a los dirigentes que sea desde el Sindicato o desde la base "no miraron para el costado" y enfrentaron a Cossio y su aparato , mientras otros que hoy pretenden erigirse en "los fiscales de esta conducción" propusieron alternativas amarillas que objetivamente beneficiaron a esa dirección de la empleadora. Tuvieron que pasar 16 años para que esta dirigencia -elegida por la mayoría de los afiliados- pudiera cumplir con el mandato otorgado en las urnas y negado durante 2 años por los que dejaron pasar todos los atropellos y que se resistieron a admitir que los compañeros querían sacárselos de encima. A menos de 2 años de asumir esta conducción (producto de una huelga y una vasta movilización del conjunto de los trabajadores de la Casa) puede exhibir con orgullo este logro tan ansiado. Acabamos de firmar un acta por la cual se elimina la vigencia del Art. 11 c) del Laudo y rige una norma que establece que "Estabilidad es el derecho del agente permanente a conservar el empleo, la jerarquía y nivel alcanzados; entendiéndose por tales la ubicación en el respectivo grupo escalafonario, los atributos inherentes a los mismos y la inmovilidad en su residencia siempre que el servicio lo consienta, una vez confirmado de acuerdo con lo previsto en el artículo 3º. La estabilidad se perderá: a) Por las causas que se establezcan en el régimen disciplinario; b) Por acogerse a la jubilación o retiro voluntario." Compañeros: este logro que todos gozaremos de aquí en adelante es el producto de un accionar conjunto entre los trabajadores de la Casa y su Conducción Gremial . No dejemos de ratificar en cada circunstancia esta unidad para que en el accionar futuro podamos seguir progresando en nuestras reivindicaciones y que nadie pretenda arrebatarnos lo conseguido. Enrique MORCILLO, AC/ Secretario de PrensaJorge O. BURGOS, Secretario General